Fiscalización Laboral
Actuaciones previas
Régimen jurídico aplicable a las actuaciones del inspector previas al inicio del procedimiento administrativo sancionador .
Fuente : Res. 117-2024-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de 2-2-24
La duda : ¿Cuál es el régimen jurídico aplicable a las actuaciones del inspector previas al inicio del procedimiento administrativo sancionador?
Fallo: El D. Leg. 1272 que modificó el TUO de la LPAG incorporó la denominada “actividad administrativa de fiscalización”. Esto determinó el establecimiento de un régimen jurídico específico para el ejercicio de la potestad de fiscalización.
El TUO de la LPAG ha previsto esta situación y le ha otorgado un régimen jurídico particular, distinta a la regulación de los procedimientos administrativos, lo cual involucra el ejercicio de una potestad distinta a la sancionadora: La potestad de fiscalización.
Sin embargo, cabe precisar que el hecho de que se trate de una potestad distinta a la sancionadora no supone que se permita una actuación abusiva o arbitraria por parte de la Administración.
Este régimen también se debe sujetar a las normas especiales dictadas por la autoridad competente, como sucede en el caso del sistema de inspección del trabajo a nivel nacional con la LGIT, el RLGIT y normas complementarias o modificatorias.