CASACIÓN LABORAL N° 9654-2016
LIMA
Normalmente, los únicos temas relacionados con las relaciones laborales que podrían someterse a arbitraje son aquellos vinculados a asuntos sindicales, como los arbitrajes derivados de una negociación colectiva fallida.
No obstante, es poco común que los reclamos individuales sean resueltos por tribunales arbitrales, ya que los trabajadores optan por judicializar su reclamo y muchos jueces laborales consideran que los derechos de los trabajadores prevalecen sobre cualquier pacto incluido en los acuerdos, (cláusulas arbitrales).
Excepción de convenio arbitral. Las excepciones por convenio arbitral que deducen las entidades empleadoras, son regularmente desestimadas.
Sin embargo, en esta casación laboral, se declara fundada la excepción de convenio arbitral planteada por una de las codemandadas, estableciendo así la posibilidad de que el reclamo de un exdirectivo y trabajador de una empresa sea resuelto por un tribunal arbitral.
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https://drive.google.com/file/d/1i-_bq-tCZHFJWuXXsYHV61gamRQLKxPL/view?usp=drivesdk
