Gracias
Respuesta :
La calificación del empleador a las ausencias injustificadas del trabajador como " abandono al puesto de trabajo" , no es automatica y menos antojadiza .
Es cierto que la ley indica que es abandono de trabajo las ausencias injustificas por mas de 03 dias consecutivos.
Pero ....
Se requiere cumplir ciertos requisitos , para no equivocarse en el proceder y tener una contingencia laboral.
Entre dichos requisitos tenemos la necesidad de comunicar al trabajador por escrito en la direccion que ha brindado a la empresa , su situacion de ausencias injustificadas.
Como segundo paso , el empleador debe saber que para toda ausencia existe un plazo en el cual el trabajador podra justificarla. Esto es dentro del tercer dia util , mas el termino de la distancia ( esto es el tiempo que demore la recepcion de la comuncacion por el empleador)
Conociendo este plazo hara que el empleador cometa errores en la contabilizacion de los dias de ausencia.
Consultas aqui