Reglamento D.S. 035-90-TR
1. Se paga de manera íntegra.
Sin tomar en cuenta los días laborados .
El Ministerio de Trabajo ha reiterado en diversos informes que la asignación familiar -equivalente al 10% de la Remuneración Mínima Vital- debe abonarse íntegramente en todos los casos.
Esto es independientemente del tiempo efectivamente laborado por el trabajador durante el mes.
Ver informe adjunto (INF 028-2012)
Informe 028 -2012-MTPE/2/14
https://drive.google.com/file/d/15wNdRoMWG2LjZE0_zgOSI8csHPWUbAQn/view?usp=drivesdk
Por ello, no corresponde aplicar descuentos, ni por inasistencias injustificadas ni en casos donde el trabajador no labore el mes completo.
Ejemplo : Trabajador con 01 hijo que gana S/ 3,000 , Pero tiene 03 inasistencias injustificadas.
Por lo cual percibe
Información
Remuneración S/ 3,000
Asignación familiar S/ 113.00
Inasistencias : 03
Calculo
Remuneración Mes : 2 700.00 S
( 3,000/30) x Nro días
Días laborados : 27
Se descuenta 03 días
Asignación familiar : S/. 113.00
( 10 % de RMV )
1,130.00 x 0.10
Total bruto a recibir: S/ 2,813.00
Régimen laboral especial
Régimen Agrario
◆ Excepción: En el régimen agrario, la asignación familiar se paga proporcionalmente al tiempo trabajado.
Es decir aquí si hay descuentos, por inasistencias injustificadas, o por haber ingresado a laborar después de iniciado el mes respectivo.
El pago de una asignación familiar proporcional a los días trabajados cuando corresponda, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 25129, Ley de Asignación Familiar para Trabajadores de la Actividad Privada. Artículo 3 inc m ) Ley 31110
Conforme a lo dispuesto en el literal m) del artículo 3 de la Ley, la asignación familiar
de la trabajadora o trabajador agrario se abona de forma proporcional a los días trabajados Art 15 inc 1 D. S. Nº 005-2021-MIDAGR
El mismo caso, pero como trabajador Regimen Agrario
Trabajador con 01 hijo que gana S/ 3,000 , Pero tiene 03 inasistencias injustificadas.
Por lo cual percibe
Información
Remuneración S/ 3,000
Asignación familiar S/ 113.00
Inasistencias : 03
Calculo
Remuneración Mes : 2 700.00 S
( 3,000/30) x Nro días
Días laborados : 27
Se descuenta 03 días
Asignación familiar : S/ 101.70
( 10 % de RMV )
1,130.00 x 0.10
Descuento por 03 inasistencia : S/11.30
(113.00/30 ) x 03
Cálculo ( 113.00 - 11.30 )
Monto bruto a recibir: S/ 2,801.70
( 2,700 + 101 70 )
2. Se paga doble cuando el trabajador sale de vacaciones
La asignación familiar forma parte de la remuneración computable sobre la cual se calcula la remuneración vacacional.
Sin embargo, al tratarse de derechos distintos :
Remuneración mensual
Vacaciones anuales
Su inclusión en la remuneración vacacional no exime al empleador de pagarla nuevamente de forma directa en dicho mes. (INF 78-2017) Informe 78 -2017--MTPE/2/14
https://drive.google.com/file/d/16N3IZgA0T53ErOPlh2gqrmj_pE791kus/view?usp=drivesdk
Ejemplo : Si un trabajador tiene una remuneración mensual de S/ 3,000 más el beneficio de la asignación familiar a S/ 113.00, percibe mensualmente la suma de S/ 3,113.00
Si este trabajador saliese de vacaciones durante el mes de Abril 2025, el empleador no sólo debería pagar los S/ 3,113.00 (remuneración mensual más la asignación familiar)
Sino, además, S/113.00.
El monto por pagar durante el mes de vacaciones (30 días) sería de S/ 3 ,226.00
Es decir, de forma más sencilla, cuando el trabajador sale de vacaciones se debe pagar doble por concepto de asignación familiar.
Normal : Pago de Mes
S/ 3,113.00
Sale de Vacaciones : Pago Mes de Vacaciones a gozar Abril 2025 ( 01 al 30 )
Remuneración Vacacional: S/ 3,113.00
( 3,000 + 113.00)
Asignación familiar por Mes de Abril 2025 : S/ 113.00
Total a recibir en Abril 2025 : S/.3 ,226.00
La situación planteada se complica un tanto si el trabajador no sale los 30 días de vacaciones, sino que sólo utiliza 15 días.
En este caso, la remuneración por los días laborados ( 15 ), el empleador le deberá pagar al trabajador la suma de S/. 1500.00 [( 3,000 / 30) x 15 ]
Más la asignación familiar por el monto completo : S/ 113.00 (pues no se paga proporcionalmente) y, como remuneración vacacional, los S/ 1,500 restantes .
Remuneración : 1,613 00
(1,500 +113.00)
Vacaciones : 1,613.00
( 1,500 +113.00)
En total, por ese mes, pagaría la suma de S/ 3,226.00
Tener en cuenta que este mismo sistema de pago se repetiría en el mes que el trabajador salga los otros 15 días de vacaciones o por otros periodos fraccionados.