Medida Disciplinaria
Acto de hostilidad
Si una empresa no sigue lo dispuesto en su reglamento interno al momento de sancionar a uno de sus trabajadores, ello debe ser considerado como un acto de hostilidad laboral en contra del trabajador
Fuente : Resolución es la N.° 1063-2022-SUNAFIL/ TFL-Primera Sala
El caso : Tiendas RIPLEY decidió imponer una sanción (amonestación escrita) a una de sus trabajadoras por la supuesta comisión de una falta que no se encontraba contemplada en su Reglamento Interno de Trabajo.
¿ Cuál era la falta? La falta imputada consistía en no usar en diversas ocasiones en las instalaciones del centro de trabajo la mascarilla proporcionada por la empresa.
Ante la negativa de la trabajadora a recibir dicha comunicación, RIPLEY le cursó una nueva carta aplicándole una suspensión sin goce de haber por 1 día.
Sin embargo, es que RIPLEY (segun Sunafil ) no ha cumplido con el procedimiento establecido en su normativa interna, específicamente en el artículo 168 de su Reglamento interno , que no establece que en caso de negativa de un trabajador a recibir y firmar el cargo de un documento que contiene una medida disciplinaria (recuerden la primera sanción, esto es, la amonestación escrita, por el no uso de la mascarilla en las instalaciones del centro), tal hecho amerite una sanción.
Por el contrario, dicho artículo indica que el empleador deberá realizar la entrega de tal documento por conducto notarial en el domicilio del trabajador.
De lo expuesto, se desprende que RIPLEY aplicó en forma arbitraria su poder de dirección al imponer una sanción a la trabajadora, afectando su derecho al trabajo y rebajando su dignidad, puesto que, se ha visto afectado su ingreso económico mensual por el día de suspensión sin goce de haber aplicado.
En ese orden de ideas, para el Sunafil quedo plenamente acreditado hostilidad que el RIPLEY sí incurrió en actos de que vulneraron la dignidad de la trabajadora, considerando que fue sancionada sin observar los procedimientos legales establecidos en el propio Reglamento interno de Trabajo , vulnerando el principio de legalidad.