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sábado, 7 de febrero de 2026

La fiscalización inmediata y las facilidades tecnológicas de control.

 


Cómo Workplace y WhatsApp cambiaron las reglas   sobre  fiscalización. 

Del caso:  El Tribunal de Fiscalización Laboral  en la Resolución N° 0038-2026-SUNAFIL, a determinar que la "fiscalización inmediata" ya no requiere de la presencia física de un jefe. 


Promotores de ventas Tinka..  Al analizar el caso de una promotora de ventas, el Tribunal concluyó que el uso de herramientas tecnológicas como Workplace, WhatsApp o aplicativos de reporte diario (CONSULTAPP) permite al empleador ejercer un control en tiempo real tan estricto como si estuviera en la oficina. 

La supervisión  tecnológica..  Esta "supervisión tecnológica" rompe la presunción de trabajador no sujeto a fiscalización, obligando a las empresas a implementar registros de asistencia incluso para personal que labora fuera del centro de trabajo tradicional.

Recurso  de revisión  infundado..  Se declara INFUNDADO el recurso de revisión de La Tinka S.A., confirmando que la empresa incurrió en una infracción muy grave al no llevar el registro de control de asistencia.

El Tribunal señaló, que si un trabajador está obligado a reportar inicios, cierres de caja y avances de ventas mediante plataformas digitales, queda automáticamente desvirtuada su condición de personal "excluido de la jornada máxima".


Adjunto resolución.

Resolución N° 0038-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala

https://drive.google.com/file/d/1LaZzXBf7l_wNV6DNSOIh1RDtIDvhpbqt/view?usp=drivesdk


jueves, 1 de mayo de 2025

Trabajador sin Fiscalización inmediata : Entrega de equipo comunicación.

 


¿La entrega de un celular determina que una relación laboral esté sujeta a una fiscalización inmediata?

La fiscalización  inmediata.. El elemento clave que define si un trabajador está o no sujeto a una fiscalización inmediata es el control del tiempo durante la prestación de servicios. 

Es decir, el factor temporal es lo que más importa en términos laborales. 

La entrega de un ...  En la Casación Laboral N.º 21585-2018-Lima, la Corte Suprema determina que la sola entrega de un celular no configura control ni fiscalización. 

¿ Por qué se entregó ese equipo?.. En el caso analizado, el equipo fue proporcionado únicamente para realizar coordinaciones relacionadas al servicio, no para supervisar la jornada laboral.

Si el empleador no controla cuándo el trabajador cumple sus funciones, no estamos ante una relación con fiscalización inmediata, ni siquiera si estamos ante un caso en donde el empleador le entregó un celular al trabajador.

Descargar Casación Laboral N° 21585-2018-Lima 

https://drive.google.com/file/d/1NYFs_lkobcwXMq9jrBJfF8EaBdjhiLdz/view?usp=drivesdk