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lunes, 15 de diciembre de 2025

La presunción de hechos por el juez: razonabilidad y proporcionalidad.

 


La presuncion hechos deben tener una  base probatoria y motivación suficiente.

 Fuente :Casación Laboral N°49648-2022-La Libertad:

Su función es auxiliar al juez en la determinación de los hechos, cuando se advierta una conducta procesal dolosa o negligente que impida la verificación directa de la verdad materia.

Hechos: Un trabajador demandó el pago de reintegros remunerativos y de beneficios sociales.

Argumento que la empresa no le pagó conforme a las labores efectivamente realizadas como estibador/desestibador. 

El Poder Judicial.. El juzgado declaró fundada en parte la demanda.

La Sala Superior aumentó el monto reconociendo un supuesto trabajo mensual de 100 toneladas de productos, con base en pruebas exhibicionales y cuadernos presentados por el propio trabajador. 

Casación... La empresa recurrió en casación.

Alego que la sentencia de vista carecía de motivación suficiente y aplicó erróneamente la presunción legal del artículo 29° de la NLPT (presunciones por conducta procesal).

Corte Suprema.. Declaró fundado el recurso de casación y nula la sentencia de vista.

Sustento  .. Se acreditó.. 

- La Sala Superior presumió hechos sin base probatoria ni motivación suficiente.

- Se aplicó de manera indebida el artículo 29° de la NLPT, sin cumplir los criterios de razonabilidad y proporcionalidad.

Por tanto, se vulneró el derecho al debido proceso y el deber de motivación judicial previsto en el artículo 139 inciso 3 de la Constitución.


lunes, 28 de julio de 2025

Demanda laboral y Pago de tasa por trámite

 


¿La gratuidad o reducción de tasas no aplica si el trabajador es demandado?

La Corte Suprema, a través del Recurso de Queja de Casación N.° 38622-2023-Tacna (de fecha 13/05/2025), ha aclarado que el beneficio de gratuidad o la reducción del 50% en la tasa judicial cuando se superan las 70 URP corresponde al trabajador o ex trabajador, sea en calidad demandante o demandado.

¿Y por qué?

Porque la ley no hace distinción alguna, y este beneficio se basa en la asimetría de la relación laboral, la cual se mantiene independientemente del rol procesal del trabajador.


Descargar aqui

https://drive.google.com/file/d/1PtvHsUVqKTPpdJyV4YlWSSlcl9w8bWT0/view?usp=drivesdk


sábado, 26 de julio de 2025

Pago de tasa por trámite demanda laboral

 


¿La gratuidad o reducción de tasas no aplica si el trabajador es demandado?

La Corte Suprema, a través del Recurso de Queja de Casación N.° 38622-2023-Tacna (de fecha 13/05/2025), ha aclarado que el beneficio de gratuidad o la reducción del 50% en la tasa judicial cuando se superan las 70 URP corresponde al trabajador o ex trabajador, sea en calidad demandante o demandado.

¿Y por qué?

Porque la ley no hace distinción alguna, y este beneficio se basa en la asimetría de la relación laboral, la cual se mantiene independientemente del rol procesal del trabajador.

Descargar aqui

https://drive.google.com/file/d/1PtvHsUVqKTPpdJyV4YlWSSlcl9w8bWT0/view?usp=drivesdk


jueves, 12 de noviembre de 2020

Descuento ejecucion sentencia

 Proceso laboral

Ejecucion de sentencia


¿ Empleador puede descontar impuesto a la renta o aportes de AFP del monto que se ordenó pagar en la sentencia laboral? [STC 03027-2017-PA]


En el pleno de sentencia 593/2020, recaída en el Expediente 03027-2017-PA, el Tribunal Constitucional declaró que en la ejecución de la sentencia no se pueden retener los conceptos de impuesto a la renta o aporte de pensiones si la sentencia de fondo no lo ordenó.


En el caso específico, un trabajador solicitó la nulidad de la resolución de ejecución de sentencia que permitió las deducciones efectuadas de impuesto a la renta y del aporte al sistema de pensiones.

Sobre esto, el Tribunal observó que la sentencia analizada de fondo no admite excepción a su cumplimiento total. Así, las deducciones realizadas impiden el cumplimiento total de esta sentencia.


Para el máximo intérprete las deducciones son un tema cuya controversia está relacionado al proceso judicial sobre el pago de remuneraciones. En ese sentido, no debe ser discutida en la etapa de ejecución, pues se estaría afectando los derechos del trabajador.

En la etapa de ejecución de una sentencia laboral firme, solo cabe acoger el pedido de deducción o descuento de prestaciones de salud,  ONP o AFP y pago por impuesto a la renta, si es que ello formó parte del mandato de la sentencia laboral firme. Es decir, si ello no forma parte de la resolución judicial.