Pregunta : ¿El empleador puede realizar los descuentos correspondientes?
La condición de gestante de la trabajadora no es impedimento para que el empleador realice descuentos por inasistencias o tardanzas injustificadas.
Base legal : arts. 6 y 25 inc. h) D.S. 003-97-TR
Tome nota de esto.
Sin embargo , antes de aplicar cualquier descuento debe considerar lo siguiente:
Si la trabajadora fue atendida por un médico que no pertenece a EsSalud, la Directiva 015-GG-ESSALUD-2014 señala que para efectos de justificar la falta o tardanza generadas por dicha atención, aquélla podrá presentar el certificado emitido por el médico o cualquier documento que sustente la atención recibida.
De esta manera, no podrá ser objeto de descuentos a su remuneración.
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