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10/02/21
Proceso de despido
Exoneracion al trabajador de asistir al
centro de trabajo.
¿ El trabajador que está exonerado de asistir al centro de trabajo durante un procedimiento previo de despido, puede retornar a laborar -por iniciativa propia- antes que el empleador le notifique su decisión final comunicándole su absolución
o despido?
Ante la negativa de ingreso, ¿Puede alegar que ha sido despedido de manera incausada?
Fuente : Casación Laboral Nº 18716-2017-LIMA CORTE SUPREMA
Esta Sentencia Casatoria aclara esta interrogante y señala que no se configura el despido incausado o de hecho si el trabajador, mientras se encontraba exonerado de asistir al centro de trabajo al estar en trámite un procedimiento de despido, se apersona antes de recibir comunicación alguna por escrito de parte de su empleadora, de conformidad con lo establecido en el artículo 31º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo número 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
Es decir, la indicada negativa a ingresar al centro de trabajo, en el caso planteado, sería justificada y no constituiría por lo tanto un despido incausado.
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