Contratación Administrativa de servicios
Inaplicación
Sancionan a municipalidad por contratar vía CAS a trabajador que debe estar en régimen 728 Fuente : Resolución 018-2016-Sunafil
Por Resolución 018-2016-SUNAFIL/ILM, se analizó la apelación de una municipalidad contra la sanción impuesta por haber contratado a personal de serenazgo mediante el contrato CAS y no mediante el contrato de trabajo del régimen privado 728.
Así, la intendencia señaló que el Tribunal Constitucional ha establecido en su jurisprudencia que la labor del personal serenazgo califica como obrero. Asimismo, la sanción impuesta no significa la inaplicación del régimen CAS, sino que se está sancionando la aplicación indebida de este régimen.
Descargar documento :
https://drive.google.com/file/d/1FtuWGkeUwz0cYDAashVa4XC83i-1RG-z/view?usp=drivesdk
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