Descuento Remuneración
Inspeccionado no demostró la autorización expresa y el motivo del descuento realizado al trabajador
Hechos: La Sunafil sancionó al inspeccionado por no realizar el pago íntegro de diversos conceptos (gratificación legal, bonificación extraordinaria, CTS y remuneración vacacional).
El inspeccionado reconoció que el trabajador fue objeto dedescuentos y que la autoridad inspectiva no había valorado la documentación presentada que
sustentó su validez (contrato de trabajo, autorización del descuento, etc.).
Precisó que en el contrato de trabajo se había consignado la autorización para realizar descuentos y que en la hoja de liquidación se había dejado constancia de su aplicación.
Agregó que esos documentos habían sido suscritos por el extrabajador en señal de
reconocimiento, aceptación y conformidad.
Pregunta : ¿El inspeccionado fue
sancionado válidamente por realizar descuentos al trabajador?
Fallo: Sí. De la revisión de los documentos denominados “Contrato Temporal por Incremento de Actividad” y “Liquidación de Beneficios Sociales” se observa que en el primero se mencionan algunos supuestos por los que se podía efectuar descuentos al trabajador; no obstante, en el
segundo documento (Liquidación de Beneficios Sociales), en el rubro “otros descuentos”, se consigna el monto de S/.96.47 sin indicar lascircunstancias en que dicho descuento se realizó; asimismo, en el expediente no hay documentación que acredite la causa objetiva del descuento y su autorización expresa.
Fuente : Res. 1028-2021-SUNAFIL/ILM de 25-6-21
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