Lucro cesante
Base de calculo
Qué se debe considerar para cuantificar el lucro cesante?
Fuente : Cas. Lab. 13507-2017, Cusco
Mediante la Casación Laboral 13507-2017, Cusco, la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema señaló para la cuantificación del lucro cesante debe considerarse:
Las ganancias dejadas de percibir por el trabajador durante el tiempo que dejó de laborar.
Magnitud del daño.
Características personales y particulares.
Circunstancias por las que se encuentra suspendido el trabajador.
Lapso de tiempo que duró el despido.
En este caso, el trabajador solicitó que se declare nula e ineficaz la sanción disciplinaria de suspensión por un semestre académico sin goce de remuneraciones y el pago de una indemnización más intereses legales, costas y costos del proceso.
En primera instancia se declaró infundada la demanda al considerar que el trabajador
pretende justificar sus inasistencias al centro de labores por 8 días con su solicitud de permiso por trámites de graduación sin tener en cuenta que su permiso únicamente fue autorizado por 2 días.
segunda instancia declaró fundada la demanda señalando que los días veinte y veintiuno de febrero, el actor tuvo licencia, los días veintidós y veintitrés de febrero son
sábado y domingo, los días veinticuatro y veinticinco de febrero la institución universitaria
dispuso la suspensión de la labores académicas por paro regional y finalmente, los días
entre el veintiséis al veintiocho de febrero, si bien el actor no asistió, peticionó reiteradamente le concedan licencias por estos días, las que fueron rechazadas sin que
se sustente el por qué; concluyendo que el trabajador al haber obrado con la antelación
exigida para el caso no es posible atribuirle la comisión de la falta
Corte confirmó lo señalado por la segunda instancia y agregó que la indemnización por lucro cesante que le corresponde al trabajador, consta de un marco referencial constituido por las ganancias dejadas de percibir por el demandante durante el tiempo que dejó de labora´r.
De esta manera se declaró infundado el recurso presentado por el empleador.
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