martes, 2 de noviembre de 2021

requerimiento personal autorizado empleador

 Inspeccion  laboral 

Requerimiento

Personal autorizado  empleador 


¿Empleador debe acreditar qué trabajadores están facultados para enviar información requerida por el inspector? 

Fuente: Res. 344-2021-Sunafil/TFL

Mediante Resolución 344-2021-Sunafil/TFL-Primera Sala, el Tribunal de Fiscalización Laboral señaló que el empleador debe acreditar qué trabajadores son los competentes o autorizados para remitir los instrumentos documentales que el inspector solicita en su requerimiento de información


En este caso, la empleadora fue sancionada por no cumplir con la medida inspectiva de requerimiento y por no cumplir con remitir por correo electrónico el íntegro de la información y documentación requerida para el día 4 de febrero de 2021.


La empresa señaló que la contadora, administrador y gerente de la empresa se encontraban afectados por la covid-19, motivo por el cual no se pudo cumplir con las obligaciones en la forma que se exigía.

El Tribunal al analizar el caso señaló que el empleador se encontraba en la obligación de acreditar quiénes son los autorizados para entregar la información solicitada, el empleador al no cumplir con hacerlo incurrió en la falta.

De esta manera, el recurso se declara infundado.


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