sábado, 22 de octubre de 2022

Demostracion del.sobretiempo

 Sobretiempo

Acreditacion de Trabajo en Sobretiempo 

Fuente : Casación Laboral N° 18455-2019-La Libertad

La Segunda Sala de Derecho Constitucional ySocial Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante resolución de fecha 20 de enero del año 2022, recaída enla Casación Laboral N° 18455-2019-La Libertad, considera que el trabajo en sobretiempo puede acreditarse con medios probatorios distintos al registro de control deasistencia, los que deben ser aportados por el trabajador demandante.

Conforme a lo antes señalado, resulta que el incumplimiento del empleador demandado de laobligación de exhibir su registro, no exonera al trabajador de su carga probatoria por lo que, deno acreditarse la ejecución de trabajo ensobretiempo con otros medios probatorios, solotendrá derecho a lo reconocido por el empleador  demandado.

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