Discriminación remunerativa: Caso en que el empleador no justificó objetivamente la diferencia salarial entre el demandante y su homólogo
Fuente : Cas. Lab. 34454-2019, Lambayeque de 24-8-22
Hechos: Un trabajador solicitó la nivelación de su remuneración básica como docente universitario a plazo indeterminado, así como el reintegro de remuneraciones, vacaciones, gratificaciones y compensación por tiempo de servicios. Para sustentar su pedido, señaló que su homólogo (docente y compañero de trabajo) percibía una remuneración mayor.
Poder Judicial:
Primera instancia : Se declaró fundada la demanda y ordenó el pago de S/190,942.50 por los conceptos de nivelación de remuneración básica y reintegro de gratificaciones; asimismo, dispuso el reintegro de la CTS por la suma de S/13,554.17.
La Sala Superior : Confirmó en parte la sentencia y la revocó en el extremo referido al reintegro de la remuneración básica, modificando el monto en S/162,365.00.
Recurso de casació : El empleador denunció la infracción normativa del art. 6, num. 6.1 de la Ley 30709, el cual establece lo siguiente: "Por excepción, los trabajadores pertenecientes a una se misma categoría pueden percibir remuneraciones diferentes, cuando dichas diferencias encuentren justificadas en criterios objetivos tales como la antigüedad, el desempeño, la negociación colectiva, la escasez de oferta de mano de obra calificada para un puesto determinado, el costo de vida, la experiencia laboral, el perfil académico o educativo, el desempeño, el lugar de trabajo, entre otros."
La duda,: ¿La diferencia salarial entre el demandante y su homólogo estaba justificada conforme al art. 6, num. 6.1 de la Ley 30709?
Fallo: No
Si bien en períodos distintos, tanto el demandante como su homólogo ocuparon cargos similares, como profesor y director.
En el caso del demandante, en algunos períodos fue director de escuela profesional.
Su homólogo también lo fue; sin embargo, percibió una remuneración básica mayor, sin que el empleador pudiera justificar en forma objetiva la diferencia de trato.
Cabe señalar que el empleador señaló que no contaba con una política remunerativa que justificara las diferencias detectadas.
Debe tenerse en cuenta, además que el demandante y el sujeto propuesto como homólogo tienen los grados académicos de maestro y doctor, siendo que el primero ingresó a laborar antes.
En ese sentido, la causal denunciada deviene en infundada.
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