Boleta de pago
Entrega por canal digital
¿ Se debe cumplir el requisito de la firma recepción de la boleta de pago por el trabajador , si esta en remitida vía canal digital (correo electrónico)?
En este caso, la empresa fue inspeccionada para verificar que la entrega de las boletas de pago a sus trabajadores se realice respetando las formalidades establecidas por ley.
• Posición de la empresa: cuando la boleta se envía por canales digitales, la firma del trabajador es opcional.
• Criterio TFL: si el empleador opta por no contar con la firma del trabajador, debe tener un acuerdo con el trabajar para el empleo de las tecnologías de la información
Fuente : Resolución N°
015-2022-Sunafil/TFL- Primera Sala
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