Despido nulo
Periodo uso de Lactario
¿Se configura un despido nulo cuando se desvincula a una trabajadora durante el periodo de uso de lactario (no durante la lactancia)?
La Primera Sala Laboral de Arequipa en la Sentencia de Vista N° 199-2023-1SLP ha establecido que no se configura un despido nulo en este supuesto:
El literal e) del artículo 29 del DS 003-07-TR establece una protección especial contra el despido a las madres gestantes como lactantes.
La condición de madre lactante se sostiene en lo regulado en la Ley 27240 es decir una trabajadora será considerada como lactante desde el término del periodo postnatal hasta que su menor hijo cumpla 01 año.
Si bien el DS 023-2021-MIMP establece que las trabajadoras pueden usar los lactarios institucionales hasta por un mínimo de 24 meses, pero este dispositivo legal no varía de forma alguna el permiso de lactancia regulado por la Ley 27240 que es el único que asigna la condición de madre lactante.
Por lo tanto solo se configura un despido nulo a una trabajadora lactante cuando esta se encuentre entre el lapso temporal comprendido desde el término del periodo postnatal hasta que el menor cumpla 01 año de edad. Periodos siguientes a esta fase no están cubiertos con esta protección especial así la trabajadora en la práctica siga dando de lactar.
Algo mas : La demandante pretendió que se cambie la tipificación del despido en aplicación del principio lura Novit Curia; la Primera Sala Laboral de Arequipa estableció que esta acción implicaría una vulneración al principio de congruencia procesal.
Datos de la Resolución: Sentencia de Vista N° 199-2023-1SLP del 17ABR2023 (Caso Yucra Avalosc/. Michell y Cía. S.A.)
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