domingo, 19 de mayo de 2024

Despido incumplimiento de obligaciones



 Termino relación laboral 
Falta grave 

Incumplimiento de las obligaciones de trabajo.

Entrega a terceros de información reservada .

Fuente :Casación Laboral Nº 7959-2022 Junín


Del  caso :   Una entidad financiera despidió a un trabajador por otorgar una serie de créditos sin  observar dispositivos internos de la empresa,  configurando las faltas graves previstas en los incisos a) y d) del D.S. 003-97-TR.

En Poder Judicial    Sin embargo, la Corte Suprema consideró que la falta era inexistente al constatar lo siguiente:

- La demandada, a través del comité de créditos, convalidó el accionar de la demandante.

- No se acreditó que haya existido un perjuicio  grave en contra de la demandada.

Algunos créditos fueron cancelados y ninguno fue  reportado como no pagado.


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