lunes, 10 de febrero de 2025

Sunafil límite en Competencias

 

Desnaturalización de contratos 


¿Puede SUNAFIL determinar la desnaturalización de contratos?

No, carece de competencia para ello.

Fuente : CASACIÓN N° 16798-2022  ÁNCASH

Pronunciamiento de la Corte Suprema, en donde se determinó que SUNAFIL, como entidad administrativa, no puede resolver situaciones de puro derecho, según el siguiente detalle:

1 Antecedentes: SUNAFIL inició supervisión a una municipalidad provincial, en donde verificó que personal obrero había sido contratado bajo el régimen CAS, cuando por mandato legal y jurisprudencial deberían estar contratados bajo el régimen laboral de la actividad privada [DL 728]. Dada la situación, SUNAFIL, a través de una medida de requerimiento, ordenó a la entidad edil incorporar a dichos trabajadores al régimen laboral de la actividad privada [a plazo indeterminado], registrando dicha situación en el PLAME. El mandato no fue cumplido, por lo que finalmente se impusieron sanciones pecuniarias por ello.

2 Desenlace: La Corte Suprema, luego de analizar el caso, determinó la nulidad de las sentencias emitidas en el proceso [que eventualmente desestimaron la demanda], declarando fundado el recurso de casación presentado por la municipalidad, basándose en dos aspectos determinantes:

Exclusión de competencias: SUNAFIL, como entidad administrativa, no puede disponer de forma automática el reconocimiento de trabajadores al régimen laboral privado [DL 728]. "SUNAFIL no puede resolver cuestiones de derecho en materia de relaciones laborales [...]".

Delimitación de competencias: SUNAFIL tiene como funciones "promover, fiscalizar y supervisar el cumplimiento de normas sociolaborales y las de seguridad y salud en el trabajo [...]"


Leer Casación  aqui

https://drive.google.com/file/d/1hpwzvMb6742IOTprg2PJaFPxV6c6rzVa/view?usp=drivesdk


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