Falta grave
Apropiación ilícita
(Caso Meléndez Mantilla c/. Banco de la Nación).
Sí es posible, toda vez que dicha conducta configura la falta grave de apropiaciónde bienes del empleador.
Fuente : CAS. LAB. 19753-2022-LIMA
Del caso: Un Supervisor de Seguridad ingresó a su centro de trabajo, en su vehículo particular y, al retirarse, lo hizo llevándose papel de la empresa
El trabajador le solicitó al vigilante que no registre este movimiento, sin embargo, esto no ocurrió y lo reportó.
La empresa lo despidió debido a que no existía autorización para retirar papel del centro de trabajo, pese a que el trabajador alegó que el papel fue destinado para una donación por Navidad.
En Poder Judicial.. La Corte Suprema considera que la sustracción sin autorización expresa de papel, así sea este reciclado (residuo), configura la falta grave de apropiación consumada de bienes del empleador.
No digas nada...Además, considera que la conducta paralela de solicitar al vigilante no registrar el ingreso/salida constituye un quebrantamiento de la buena fe laboral.
Criterio : El valor de lo apropiado, no es determinante para la configuración de falta grave.
Les adjunto este pronunciamiento por si es de su interés. Descargar aqui
https://drive.google.com/file/d/1V8bPnzOJtkvTZbj5uJLRirMu3Pfim9Zg/view?usp=drivesdk
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