miércoles, 14 de mayo de 2025

Hostilidad por no otorgar aumento remunerativo .

 


Si existe un criterio  objetivo  , no se puede entender  que hubo hostilidad  ( discriminatorio  remunerativa ).

Fuente : Cas. 14172-2022 SELVA CENTRAL

Del caso:  Una trabajadora demandó por cese de actos de hostilidad,alegando que no se le aplicó un incremento salarial otorgado a otros compañeros, en función de una opinión legal interna del  empleador.

En Poder Judicial 

Primera instancia: Fundada la demanda.

El juzgado consideró que existía un acto de hostilidad al excluir a la demandante del aumento que sí se otorgó a otros trabajadores.

Segunda instancia: Revocó. Infundada

La Sala consideró que la demandante no tenía derecho al aumento, porque su salario superaba el umbral fijado (Remuneración Mínima Vital), conforme a la Opinión Legal 02-2020.


En Corte Suprema  INFUNDADO el recurso de casación.

Existía una Opinión Legal (N.º 02-2020- ACHL-MDSR/OAJ) que autorizaba la nivelación salarial solo para quienesganaban menos de la RMV, en tanto que la demandante percibía un monto mayor a la RMV.

El aumento otorgado a otros trabajadores fue válido según ese criterio, y no haberlo hecho  con la demandante no implicó reducción ni incumplimiento, sino aplicación objetiva de  los requisitos definidos en la opinión legal


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