Cachetear a compañero de trabajo en las instalaciones de la empresa justifica despido (mujer golpeó a su expareja aduciendo que era hostigada sexualmente por él)
Fuente : Casación 10034-2023, Lima.
Del caso : La trabajadora reconoce haber agredido físicamente a su compañero de trabajo , propinándole una cachetada , en las instalaciones de la empresa .
En uno de los pasadizos de la planta de cereales y galletas, hecho que también reconoció en la audiencia de juzgamiento, al ser interrogada por el juez de la causa.
Por lo tanto, las faltas graves previstas en los literales a) y f) del artículo 25 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.º 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 003-97-TR, atribuidas en su contra, son hechos ciertos, existentes y debidamente acreditados, desvirtuándose la existencia de un ánimo perverso para causarle daño, imputándole hechos falsos; por lo que, de ninguna forma se configura un despido fraudulento.
Justificación de su comportamiento... su conducta agresora, fue motivada por los actos de hostilidad que venía cometiendo el supuesto agredido.
Quien, luego de haber concluido su relación sentimental, venía hostigándola sexualmente dentro y fuera de la empresa.
Por lo que su reacción se encontraría justificada.
En Poder Judicial.. Estos hechos no fueron materia de queja o denuncia por parte de la demandante ante su empleadora o ante la autoridad competente.
No comunicó a su empleador , pues por su condición de sindicalizada resuelve sus problemas con ayuda del sindicato, el que, en su momento, llamó la atención al referido trabajador.
Sin embargo dicha Justificación no fue demostrada en el proceso.
En conclusión se declaró infundada la demanda de reposición por despido fraudulento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario