Las comisiones no forman parte de la base de cálculo para el pago del descanso semanal obligatorio. Fuente : Casación Laboral N.º 8061-2023 Lima
Del caso : Una trabajadora solicitó el reintegro por el pago de descansos remunerados
Argumento , que la empresa solo le pagaba en base a su sueldo básico, sin incluir el promedio de sus comisiones.
En Poder Judicial.. La Corte determinó que las comisiones son conceptos variables que dependen de metas o ventas .
Según el Decreto Legislativo N.º 713, no ingresan en la base de cálculo para el descanso semanal.
Aclaró que el artículo 17 invocado por la trabajadora, que sí aplica para vacaciones, no es aplicable al descanso semanal obligatorio, el cual se calcula solo con la remuneración ordinaria.
Comisiones... La Corte determinó que las comisiones son conceptos variables que dependen de metas o ventas y, según el Decreto Legislativo N.º 713, no ingresan en la base de cálculo para el descanso semanal.
Aclaró que el artículo 17 invocado por la trabajadora, que sí aplica para vacaciones, no es aplicable al descanso semanal obligatorio, el cual se calcula solo con la remuneración ordinaria.
Fuente..
Cas Lab 8061-2023-Lima
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