¿ La asignación por escolaridad en el regimen laboral de construcción civil forma parte de la base de calculo de la indemnización que recibe el trabajador al cese?
Respuesta :
La indemnizacion del 15 % ( que es la compensacion por tiempo de servicios realmente ), se calcula sobre el total de los jornales básicos percibidos durante la prestación de servicios correspondientes a los días efectivamente trabajados.
Notese que la norma dice : JORNALES BASICOS.
Si el trabajador ha laborado horas extras también debe tomarse en cuenta el importe de lo pagado por este concepto, pero sólo por el valor simple de la hora extra, esto es, sin la sobretasa.
No se considera para el calculo : la asignacion por escolaridad ni el dominical.

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