Hostilidad laboral
¿ Es hostilidad laboral la reducción de sueldo básico, aunque se aumenten asignaciones y no conlleve reducción a fin de mes ?
Fuente :
Cas. Lab. 10945-2017, Arequipa
Mediante la sentencia de Casación Laboral 10945-2017, Arequipa se aclaró que estamos ante un acto de hostilidad cuando la restructuración salarial produzca una reducción de remuneración producida al variar el sueldo básico y asignaciones extraordinarias.
El caso :
Un trabajador solicitó el cese de acto de hostilidad configurado por la reducción inmotivada de su remuneración.
La sentencia de primera instancia declaró infundada la demanda, dado que no se acreditó la rebaja de su remuneración básica.
Por su parte, la sala superior confirmó la sentencia, precisando que no se acreditó la reducción directa de la remuneración.
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Pronunciamiento de la Corte Suprema
La Corte Suprema evidenció las alteraciones en el rubro “sueldo básico” y las asignaciones extraordinarias, conceptos que tendrán incidencia al momento de efectuar la liquidación de pago de beneficios sociales del trabajador.
Así, durante la “Implementación de la Restructuración Salarial” se redujo el sueldo básico del actor e incrementó las asignaciones extraordinarias.
En ese sentido, y en relación a lo establecido en el artículo 19 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, parte de su remuneración no se considerará computable, por cuanto estos provocará un impacto en la liquidación de beneficios sociales del actor.
En ese sentido, la Corte Suprema declaró fundada el recurso de casación y ordenó al juez de mérito a expedir un nuevo fallo
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