26/12/20
Despido
Incumplimiento descanso medico
¿ Procede despido para el trabajador con descanso médico que se ausentó de su domicilio? Fuente : Exp. 01391-2018
Mediante la sentencia recaída en el Expediente 01391-2018-0-0701-JR-LA-02, la Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao confirmó la nulidad del despido a un trabajador con cargo de dirigente sindical, toda vez que fue cesado por su condición de representante de los trabajadores y no por las supuestas faltas cometidas.
En el caso específico, la empresa despidió a un trabajador por haber mentido al declarar que se encontraba con descanso médico.
Esto lo comprobó mediante la auditoría de un médico, las fotografías conseguidas del Facebook público de la esposa del trabajador y videos de una municipalidad.
Sobre esto, la sala observó que si bien se comprobó la falta, el trabajador no incurrió en reiterancia; además, el descanso médico era legítimo, pues el documento no fue cuestionado; asimismo, la empresa solo comprobó que el trabajador no cumplió con un día en descanso.
Para el magistrado ponente, la empresa no presentó elementos objetivos y razonables para despedir al trabajador; en ese sentido, la empresa empleadora «ha magnificado» la falta del trabajador para despedirlo, lo cual supone que hubo intención de despedirlo por su condición de dirigente sindical
Por estos y otros argumentos, se declaró fundada la demanda de reposición del trabajador.
No hay comentarios:
Publicar un comentario