Documentacion Laboral
Firma, entrega y recepcion virtual
Suscripción, entrega y recepción de
documentos laborales a través de una plataforma virtual .
Fuente :
Informe 075-2019-MTPE/2/14.1, de 19-6-19
Pregunta : ¿Resulta válido que la suscripción, entrega y recepción de documentos laborales pueda realizarse a través de una plataforma virtual?
Respuesta: Sí.
Al amparo del D. Leg. 1310 resulta viable la remisión, entrega y recepción de documentos laborales a través de una plataforma virtual.
En ese sentido, el medio utilizado debe garantizar la emisión segura del documento, así como un adecuado y razonable acceso por parte del trabajador.
Observación: El informe precisó que en aplicación del art. 141-A del Código Civil es procedente que,para la formalización por escrito del contrato de trabajo, la manifestación de voluntad, tanto del trabajador como del empleador, pueda realizarse mediante el uso de la firma digital u otra modalidad de firma electrónica, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el art. 2 de la Ley 27269.
Es decir: i) que se pueda identificar y vincular al signatario a fin de garantizar la autenticidad del documento suscrito y ii) que se preserve la integridad del documento, detectando cualquier modificación o alteración posterior (inalterabilidad).
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