2512/2020
Impuesto a la renta
Asumido por el empleador.
Precedente vinculante] ¿Tiene carácter remunerativo el pago del impuesto a la renta asumido por el empleador? [Cas. Lab. 16514-2016, Lima]
El pago por impuesto a la renta que es asumido en forma directa por el empleador, en la medida que constituya un mayor ingreso para el trabajador y sea de su libre disposición, constituye una forma de remuneración indirecta al trabajador por la prestación de sus servicios y por lo tanto deberá ser tomada en cuenta para el cálculo de sus beneficios sociales.
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