jueves, 10 de diciembre de 2020

Reposicion por despido trabajadora gestante

 10/12/20

No procede reposición para trabajadora gestante que no comunicó de su embarazo antes del despido .

Fuente : STC 02630-2017-PA

El pleno de Sentencia 775/2020, el Tribunal Constitucional resolvió el Expediente 02630-2017-PA, declarando infundada la demanda de una extrabajadora que solicitó deje sin efecto el despido del que habría sido objeto, pues se habría debido al estado de gestación de alto riesgo en que se encontraba.

Sobre esto, el Tribunal aclaró que en los casos en que por despido, terminación o no renovación de contrato de trabajo a causa o con ocasión de encontrarse en estado de embarazo, por hostigamientos o cualquier otro acto de amedrentamiento que tenga por objeto la renuncia de una trabajadora embarazada, deberá presumirse que se trata de un despido que tiene como causa este estado y que por lo tanto será nulo.

Sin embargo, esto implica que la trabajadora en estado de gestación tendrá la responsabilidad de acreditarlo con el informe médico correspondiente, pues será a partir de ese instante, en el que toma conocimiento el empleador del estado de gestación, en que empezará a operar dicha protección.


El caso específico, la trabajadora habría presentado el informe médico firmado en el que se señala el tiempo de gestación. No obstante, el Tribunal aclaró que no se encuentra un sello de la entidad que demuestre que se haya tomado conocimiento de este.

También se constató que la trabajadora presentó boletas en las que diversos médicos acreditan que la demandante tuvo un periodo de incapacidad. Sin embargo, en dichos documentos, aunque cuentan con un sello de la oficina de Recursos Humanos y Bienestar Social de la institución, no se indican que se encontrase en estado de gestación.

Además, el Tribunal aclaró que el carné perinatal que se le entrega a las mujeres embarazadas en EsSalud, sin embargo, no cuenta con un sello de la entidad que demuestre que se haya tomado conocimiento de este. Asimismo, las boletas de indicaciones para medicamentos tampoco comprueban que la trabajadora comunicó al empleador su embarazo.

Por estas razones, se declaró infundada la demanda, ya que la trabajadora no comprobó que comunicó al empleador su embarazo.

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