12/12/20
Jus variandi
Categoria trabajador
¿Empleador puede variar de categoría al trabajador por adecuación de la estructura organizacional?
Fuente : Cas. Lab. 20080-2017, Del Santa
En sentencia recaída en la Casación Laboral 20080-2017, Del Santa, se determinó que la adecuación de la estructura organizacional de la empresa no es una justificación válida o suficiente para realizar la variación de categoría del personal.
En el caso específico, el trabajador demandó a su empleador el cese de actos de hostilidad por variar su puesto de trabajo inmotivadamente. Así, se habría afectado el reconocimiento a sus conocimientos, trayectoria, experiencia y nivel alcanzado.
Sobre esto, la primera instancia declaró fundada la demanda al comprobar que no se explicaron los motivos del traslado del personal; además, no se acreditaron las mejoras entre la estructura de organización anterior y la nueva.
La segunda instancia confirmó la sentencia aclarando que la sola rebaja de categoría generó un acto hostil.
Ante esta última sentencia, el empleador presentó recurso de casación, toda vez que se habría aplicado erróneamente el inciso b) del artículo 30 del Texto único Ordenado del Decreto Legislativo 728.
Para el empleador, el cambio de categoría sucedió por circunstancias económicas y empresariales; asimismo, obedecen a factores internos como externos a la empresa, en salvaguarda y protección de sus actividades de los propios trabajadores
Concretización del acto de hostilidad
Sobre esto, la Corte Suprema observó que la empresa no cumplió con justificar la variación de cargo y categoría; así, solo señaló que se hizo por las adecuaciones en la estructura organizacional.
De esta manera, se reconoció que la empresa transgredió el derecho a la dignidad del trabajador, pues sus nuevas funciones solo estaban circunscritas a servicios periféricos o secundarios en relación con la actividad de la empresa.
En ese sentido, la Corte evidenció que la variación de la categoría profesional ha involucrado una diminución, al no estar acorde a las aptitudes y capacidades del trabajador demandante; por esto, declaró infundado el recurso de casación.
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