lunes, 1 de febrero de 2021

Acunulacion de ausencias

 19/01/21

Despido

Causa justa 


¿Resulta válido despedir a un trabajador que durante el año 2019 sumó once inasistencias y en el año 2020, tres ?


El D.Leg. 728, art. 25, inciso h) establece como falta grave el abandono de trabajo por más de tres días consecutivos, las ausencias injustificadas por más de cinco días en un período de treinta días calendario o más de quince días en un período de ciento ochenta días calendario, hayan sido o no sancionadas disciplinariamente en cada caso, la impuntualidad reiterada, si ha sido acusada por el empleador, siempre que se hayan aplicado sanciones disciplinarias previas de amonestaciones escritas y suspensiones .


Por otro lado, el Tribunal Constitucional en su sentencia 9423-2005-AA señaló que la falta grave de abandono de trabajo prevista en el inc. h) del art. 25 del D.S. 003-97-TR, se configura cuando el trabajador, sin justificación alguna deja de asistir a su centro de trabajo por más de tres días consecutivos, o por más de cinco días no consecutivos en un período de treinta días calendarios o más de quince días en un período de ciento ochenta días calendarios; lo que denota que el trabajador tiene una conducta tendiente a incumplir el contrato de trabajo por sí mismo.

Asimismo, conforme lo establece el Rgto. del TUO de la LPCL art. 37, las ausencias injustificadas por más de tres días consecutivos, que no hayan sido sancionadas con el despido, podrán ser consideradas por el empleador en el cómputo de las ausencias injustificadas no consecutivas.

De acuerdo a lo señalado, si el trabajador ha tenido once inasistencias durante el año 2019 y tres en el 2020, dicha conducta constituye motivo válido para que el empleador pueda someterlo a un procedimiento de despido sustentado en la comisión de dicha falta grave. Par ello, deberá llevar a cabo el procedimiento respectivo, previsto en los arts. 31 a 33 de la LCPL y 41 y 42 de su reglamento, a efectos de que el trabajador pueda presentar su descargos y, de esta manera, poder determinar si la falta grave imputada se ha configurado.


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