Descanso vacacional anual
Indemnización por no goce
Personal de dirección
¿ En qué casos los gerentes sí tienen derecho a indemnización vacacional? .
Fuente: Cas. Lab. 8568-2018, Lima Sur
Los gerentes y representantes de la empresa que tengan capacidad para decidir por sí mismos hacer o no efectivo el goce del descanso vacacional, no procede la indemnización, correspondiente; sin embargo, quienes tengan tal condición y para el disfrute del descanso vacacional, estén sujetos a una coordinación, previa autorización de un superior jerárquico, deberán percibir una indemnización vacacional, salvo que se acredite que hayan decidido no hacer uso del descanso vacacional; conforme el artículo 24° del Decreto Supremo N.° 012-92-TR.
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