Jornada de trabajo
Inasistencias
¿ Es suficiente justificar verbalmente las inasistencias al centro de trabajo?
Fuente : Cas. Lab. 20945-2017, Lima
En la sentencia recaída en la Casación Laboral 20945-2017, Lima, la Corte Suprema determinó que las justificaciones verbales no cuentan con un sustento idóneo; así, señaló que las ausencias injustificadas por más de cinco días en un periodo de treinta días calendarios, hayan sido o no sancionadas disciplinariamente, serán motivo de despido.
El caso específico trató sobre la demanda de un trabajador que solicitó se declare nulo su despido, toda vez que el verdadero motivo del cese sería el cargo de dirigente sindical. Además, el trabajador desestimó lo arguído por su empleador, pues él justificó verbalmente todas las ausencias.
Sobre esto, la Corte Suprema reiteró que procederá el despido cuando el trabajador no asista a laborar por más de cinco días en un periodo de treinta días calendarios. En estos casos la justificación de las ausencias debe contar con sustento comprobable.
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