Beneficios sociales
Descuentos
Permiso con recuperación horas
¿Trabajador que no compensó horas puede autorizar que se descuente sus beneficios sociales?
Fuente:
Resolución 055-2021-Sunafil]
En Resolución 055-2021-Sunafil/IRE-CAJ, la Intendencia de Cajamarca precisó que no será válido el convenio que disponga beneficios sociales de los trabajadores, incluso si tiene autorización del trabajador afectado.
En el caso específico, una empresa fue sancionada por no pagar los beneficios laborales, además de no cumplir con la medida de requerimiento.
Sobre esto, la empresa alegó que no pagó los beneficios al trabajador, porque existía un acuerdo en el cual la trabajadora autorizaba de manera expresa que, de sus vacaciones pendientes de goce, o de sus gratificaciones de julio y diciembre, o de su liquidación de beneficios sociales se descontara lo montos correspondientes a los pagos realizados en calidad de licencia con goce de haberes durante el periodo 16 de marzo al 30 de abril de 2020.
Así, aclaró que la extrabajadora facultó que se compensen los montos adeudados y consignados en la boleta de pago del mes de julio de 2020, además, se especificó que la compensación se realizará contra la gratificación de julio de 2020.
Sunafil.
Sobre esto, la Intendencia verificó que no puede considerarse válido el convenio, ya que el periodo señalado corresponde al año 2020, sin embargo, incluye periodos 2018-2019, incluso 2021, lo cual no tiene una secuencia lógica, ya que se incluyen años anteriores y futuros respecto a una licencia por menos de 30 días, lo cual atenta gravemente los beneficios laborales del trabajador
En ese sentido, agregó que se evidenció que el convenio es impreciso y contradictorio, ya que atenta gravemente a los derechos de dicha trabajadora, aunado a ello, el que la inspeccionada realizara descuentos en la liquidación de beneficios sociales de dicha trabajadora, a pesar de que la normativa legal vigente emitida durante el estado de emergencia (16 de marzo al 30 de abril de 2020) solo contemplaba la compensación de la licencia con goce de haber compensable y no el descuento en la liquidación de beneficios laborales.
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