miércoles, 28 de julio de 2021

¿ En qué fecha se debe pagar la indemnización por Vacaciones no gozadas ?

Vacaciones

Indemnización  Vacaciones  no gozadas en su oportunidad

¿ En qué fecha se debe pagar la indemnización por Vacaciones  no gozadas ?

A través de la Resolución Nº 136-2021- SUNAFIL/TFL-Primera Sala, el Tribunal de
Fiscalización Laboral {TFL) de la SunafiI declaro INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por la MUNICIPA LIDAD PROVINCIA L DE CAJA MARCA
por no otorgar en su oportunidad descanso vacacional a 01 trabajador, así como no efectuar el pago de la indemnización por falta de descanso vacacional.

El artículo 23 del Decreto Legislativo Nº 713 (en adelante D.L. 713) señala que: ''Los trabajadores, en caso de no disfrutar del descanso vacacional dentro del año siguiente a aquél en el que adquieren el derecho, percibirán lo siguiente: a) Una remuneración por el trabajo realizado; b) Una remunerac ión por el descanso vacacional"
"adquirido y no gozado;y, c) Una indemnización"equivalente a una remuneración por no haber disfrutado del descanso.

Esta indemnización no está sujeta a pago o retenc ión de ninguna aportación, contr ibución o tributo.

 
El monto de las remuneraciones indicadas será el que se encuentre percibiendo el trabajador en la oportunidad en que se efectúe el pago.

La Corte Suprema de la República, en la Casación Nº 2170-2003, respecto del plazo para el pago de la indemnización vacacional ha señalado: ''(...) si bien no se encuentra determinado taxativamente el plazo que tiene el empleador para efectuar el pago de la indemnización vacacional, se entiende que es inmediatamente después de haberse configurado la falta de otorgam iento oportuno del descanso vacacional,  es decir durante la vigencia del contrato de trabajo,teniendo en cuenta que la indemnización por su propia naturaleza, constituye un modo de reparar la falta de descanso oportuno del trabajador luego de dos años de servicios ininterrumpidos; motivo por el cual, al no haberse acreditado el pago íntegro de la indemnización vacacional, la infracción imputada se mantiene.


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