martes, 10 de agosto de 2021

Jornadas atípicas no pueden superar las 144 horas de trabajo


Criterio:   Las jornadas atípicas no pueden superar las 8 horas diarias en un margen de 3 semanas, equivalente a 144 horas de trabajo como máximo.


El caso : 

Una  empresa impuso a sus trabajadores jornadas atípicas equivalentes a 14, 23 e inclusive 29 días de trabajo con jornadas de 12 horas superando el límite de las 144 horas.


La justificación:

La empresa justificó el incremento de las jornadas debido a la emergencia sanitaria, las medidas restrictivas en el pase de carreteras como las impuestas por los ronderos y autoridades en Cajamarca, circunstancias que no permitían el desarrollo normal de la actividad empresarial


Respuesta  Tribunal  Sunafil. 

El Tribunal resaltó que si bien es cierto desde mediados de marzo del año 2020, como

consecuencia de la emergencia sanitaria declarada mediante D. S. 008-2020- SA, el gobierno dispuso una serie de medidas con la finalidad de disminuir los contagios provocados por el coronavirus, también se dispuso mecanismos legales para que ciertas actividades consideradas como esenciales pudiesen continuar en producción sin afectar los límites máximos de las jornadas de trabajo.


Fuente :  Resolución 139-2021-Sunafil/TFL

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