Despido arbitrario
Daño moral
Trabajador tiene derecho a indemnización por daño moral si se comprueba el despido arbitrario .
Fuente: Cas. Lab. 1667-2017, Apurímac
A través de la Casación Laboral 1667-2017, Apurímac, la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia señaló que el despido arbitrario a un trabajador es una conducta antijuridica que acredita el daño moral y el lucro cesante del trabajador.
En este caso, la trabajadora demandaba el pago de una indemnización por conceptos referidos al daño patrimonial, sobre lucro cesante y daño extrapatrimonial, daño moral y daño a la persona en razón que fue víctima de un despedido inconstitucional y arbitrario.
La demandante señaló que prestaba servicios como docente en calidad de contratada a tiempo completo en una universidad.
El 7 de enero del 2012, sin justificación alguna, fue despedida afectando su derechos constitucionales. Procedió a presentar una acción de amparo contenida en el expediente 334-2012, que concluyó con fallo favorable a la demandante en segunda instancia, ordenándose en dicho proceso la reposición a su centro de trabajo, hecho que se hizo efectivo el 3 de de enero de 2014.
Alega que se encuentra acreditado el daño causado al vulnerarse sus derechos constitucionales, habiendo dejado de laborar durante 1 año, 11 meses y 25 días, por lo que demanda la indemnización correspondiente a los daños y perjuicios ocasionados.
La Corte señaló que la empleadora incurrió en culpa inexcusable al haber dejado siningresos económicos a la demandante durante el periodo reclamado, por lo que resulta amparable la indemnización peticionada.
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