martes, 2 de noviembre de 2021

modificar funciones desnaturaliza contrato

 Contrato  de Trabajo 

desnaturalización 

Funciones  modificadas


Modificar funciones al trabajador desnaturaliza su contrato modal? 

Fuente Cas. Lab. 1175-2018, Lima


Siendo así, se verifica que la demandada en uso de su facultad del ius variandi, modificó las funciones que ostentaba el demandante en los contratos suscritos entre las partes, los mismos que se encuentran debidamente sustentados a través de los documentos señalados en el considerando anterior, situación que no genera la existencia de una simulación o fraude a las normas establecidas en la presente ley, toda vez que dicho precepto se encuentra dentro del poder de dirección que ostenta el empleador, tal como se ha establecido en los párrafos anteriores; más aún, si la modificación de las funciones se encuentran dentro de los criterios de razonabilidad, y las funciones no son diametralmente distintas, ya que las labores por las que se le contrató son de servidor administrativo en la Oficina de Personal, teniendo en cuenta la necesidad de dicha dependencia; lo que conlleva a establecer, la existencia de ponderación, dentro del contexto de un balance de razonabilidad entre las labores por las que se contrató y las labores que se le encomendó, siempre y cuando no afecten la categoría profesional del trabajador.


El empleador en uso de su facultad del ius variandi, en atención a las necesidades esenciales del centro de trabajo puede adicionar funciones al trabajador para el cabal desempeño de sus labores, los cuales deberán estar debidamente motivados en el marco del criterio de razonabilidad.

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