domingo, 16 de enero de 2022

práctica preprofesional para egresado

 Modalidades formativas: Trabajadora que 

realizó prácticas preprofesionales bajo la 

condición de egresada  

Cas. Lab. 23935-2018, Moquegua, de 25-8-21

(Segunda Sala de Derecho Constitucional y 

Social Transitoria de la Corte Suprema de 

Justicia)

Ponente: Juez Supremo Carlos Casas

Hechos: Una trabajadora solicitó la reposición por  despido incausado. Señaló que había realizado practicas preprofesionales pese a tener la  condición de egresada (contravención del art. 121de la Ley 28518). Precisó que, en tanto su convenio de prácticas fue fraudulento, los contratos modales2 suscritos con posterioridad fueron desnaturalizados.

El juez de primera instancia declaró fundada la demanda. Consideró que la demandante no debió ser contratada bajo contratos modales pues había obtenido la condición de trabajadora a plazo  indeterminado (afectación del art. 781 de la LPCL). 

La Sala Superior revocó la sentencia y concluyó 

que el convenio no fue desnaturalizado, pues había 

cumplido su finalidad (formación teórica y práctica). 

En su recurso de casación, la trabajadora denunció 

la infracción normativa de los arts. 77, inc.d) y 78 

de la LPCL. 

Cuestión controvertida: ¿El convenio de 

prácticas preprofesionales fue desnaturalizado?

Fallo: No. La condición de egresada de la 

demandante no configuró fraude ni la 

desnaturalización del convenio, pues de la revisión 

de los hechos se verificó que el empleador cumplió 

los requisitos exigidos en la Ley 28518 y su 

reglamento (formación teórica y práctica de la 

demandante). 

La nominación del convenio no puede primar sobre 

el cumplimiento de los requisitos y finalidad de la 

real modalidad formativa pretendida por las partes, 

tal como sucedió en el caso. En consecuencia, al 

no encontrarse desnaturalizado el convenio, lo 

alegado por la demandante no puede ser 

amparado. 

Observación: La Corte determinó que la 

trabajadora (en su etapa de practicante) contaba 

con un horario de trabajo de seis horas y percibía 

una subvención económica de quinientos cincuenta 

soles, cumpliéndose la finalidad del aprendizaje 

teórico y práctico mediante el desempeño de tareas 

programadas de capacitación y formación 

profesional. 

________________

1. “Es la modalidad que permite a la persona en formación 

durante su condición de estudiante aplicar sus 

conocimientos, habilidades y aptitudes mediante el 

desempeño en una situación real de trabajo…Este 

aprendizaje con predominio en el Centro de Formación 

Profesional se realiza mediante un Convenio de Aprendizaje 

que se celebra entre:…1. Una empresa, 2. Una persona en 

formación y 3. Un Centro de Formación Profesional…El 

tiempo de duración del convenio es proporcional a la 

duración de la formación y al nivel de la calificación de la 

ocupación”.

2. Servicio específico e incremento de actividad.

3. De acuerdo con este artículo, no procede contratar a un 

trabajador permanente que cesó bajo contrato a plazo fijo 

sin que transcurra un año del cese.


No hay comentarios:

Publicar un comentario