domingo, 3 de julio de 2022

Beneficios sindicato minoritario

 Negociación  Colectiva 

Sindicato Minoritario 

Beneficios sindicales no se extienden a los no afiliados  de un sindicato  minoritario 

Fuente : Cas. Lab. 1315-2016, Lima


El convenio colectivo celebrado por un sindicato minoritario no se extiende a los trabajadores no afiliados, ya que este no goza de representatividad suficiente.


Cuando el convenio colectivo ha sido celebrado por una organización sindical de representación limitada, no puede extenderse los efectos del mismo a los no afiliados, permitirlo desalentaría la afiliación de los trabajadores, ya que preferirían no afiliarse a una organización sindical, pues de igual modo gozarían de los beneficios pactados en los convenios colectivos que celebre dicho sindicato.


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