sábado, 9 de julio de 2022

calculo lucro cesante

 Gratificación 

Lucro cesante 

Lucro cesante por despido ilegal no incluye gratificaciones, CTS u otros beneficios sociales

Fuente : Cas. Lab. 10616-2017, Moquegua

La Corte Suprema observó que la indemnización como lucro cesante en caso de despido ilegal no debe considerar a las remuneraciones dejadas de percibir, es decir, incluir las gratificaciones, compensación por tiempo de servicios y demás beneficios laborales.


En el caso específico, un trabajador solicitó el pago de indemnización considerando el concepto de daño emergente, lucro cesante y daño moral, más el pago de intereses legales, costos y costas.


Sobre esto, la primera instancia aclaró que el lucro cesante no puede comprender el pago del íntegro de las remuneraciones y demás beneficios como si se hubiera prestado efectivamente el servicio, puesto que esto resulta contrario a criterios de razonabilidad y legalidad.


Respecto a la segunda instancia, la sentencia precisó que no corresponde aplicar el artículo 1332 del Código Civil, puesto que se debe considerar la base de cálculo los montos dejados de percibir por gratificaciones, vacaciones y compensación por tiempo de servicios.

No obstante, para la Corte Suprema, el pago de lucro cesante que considere las remuneraciones dejadas de percibir constituiría enriquecimiento indebido y pago por labor no realizada.


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