Contrato de trabajo
Contrato para obra o servicio específico:
Justificación y condiciones para su celebración
Fuente :Cas. Lab. 1511-2020, Cajamarca de 14-6-22 . Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema
La duda : ¿Qué circunstancias justifican el contrato para obra o servicio específico y qué condiciones deben cumplirse?
Fallo:
- El contrato para obra o servicio específico está permitido para la ejecución de labores de naturaleza ocasional o transitoria, mas no permanentes.
- Se celebra con un objeto previamente establecido y de duración determinada.
Su duración será la que resulte necesaria.
- Es un tipo de contrato que no procede para cualquier tipo de tareas de carácter específico y de duración determinada.
Es aplicable únicamente a tareas que, integrándose a las ordinarias o habituales de la empresa, son de carácter temporal por su propia naturaleza y la concurrencia de factores exógenos.
- En el referido contrato se requiere que el servicio sea determinado y que se obtenga un resultado. En ese sentido, el contrato podrá mantenerse hasta que su objeto se cumpla.
- Esta forma de contratación solamente puede ser utilizada en tareas que el empleador puede conocer la fecha cierta o probable del término del servicio contratado o, en su defecto, la condición que determine la extinción del contrato (término resolutorio cierto), tal y como se establece en el párrafo final del art. 63 de la LPCL. Así también el art. 72 de la misma ley regula los requisitos que constituyen una garantía de validez para la celebración de los contratos de trabajo a plazo determinado, tales como, que el contrato necesariamente conste por escrito y por triplicado debiendo consignarse en forma expresa su duración y las causas objetivas determinantes de la contratación, así como las demás condiciones de la relación laboral. Asimismo, resulta sumamente necesario explicitar y justificar con total claridad la labor temporal, no solo la indicación del tipo contractual y el tiempo previsto para su conclusión, sino también una exposición de los motivos, vinculados a la actividad o situación que fundamenta su utilización.
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