miércoles, 21 de diciembre de 2022

Presentación documentación incompleta

 Inspección laboral 

Requerimiento 

Respecto a la infracción a la labor inspectiva por no cumplir con presentar la totalidad de información solicitada

Dentro de lo analizado por la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral de SUNAFIL, estableció que el exigir por parte de la administración la presentación de los acuerdos de reducción y no valorar las cartas de "Propuestas de reducción de jornada laboral y de remuneración" presentadas y la documentación que confirma la aceptación de un grupo de trabajadores en relación a este aspecto, carece de razonabilidad, en la medida que la empresa no contaba con otra documentación que expresamente lleve como título el nombre de "acuerdo" sino que el acuerdo arribado entre empleador y los trabajadores eran estas cartas, que tenían la firma y huella de los trabajadores.


La autoridad inspectiva en este caso en concreto, no cumplió con merituar y valorar los medios probatorios, a fin de determinar que efectivamente sí cumplió con su deber de colaboración al presentar la documentación necesaria para verificar si la empresa cumplió o no con el pago de horas extras.

Se puede concluir que no se ha configurado el supuesto referido a la negativa que contempla el RLGIT en el numeral 46.3 de su artículo 46 del RLGIT; por cuanto, la labor inspectiva no se frustró con la no presentación de documentos exigidos con el requerimiento de información de fecha 30 de octubre de 2020, como consecuencia de una negativa por acción u omisión de la empresa.

Por ese motivo el Tribunal dejo sin efecto la infracción tipificada a través del numeral 46.3 del artículo 46 del RLGIT.


Fuente :  Resolución 1010-2022-SUNAFIL/ TFL-Primera Sala 

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