La disposición efectiva del trabajador
¿ Puede SUNAFIL sanciona a un empleador por no incluir en la jornada de trabajo, el tiempo para ponerse el uniforme ?
Hechos Una Empresa implementó un sistema de control de asistencia para sus conductores de camiones, en el mismo vehículo.
Los trabajadores debían encender el vehículo para registrar el inicio de la jornada y, al término ésta, los trabajadores registraban su salida antes de apagarlo.
Al ingresar a la Empresa, los trabajadores debían colocarse el uniforme y los equipos de protección personal, antes de encender los vehículos.
Criterio del TFL En la,Resolución N° 038-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, el Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) establece que
a. El tiempo invertido por los trabajadores para ponerse el uniforme, los equipos de protección personal y encender los vehículos, se considera tiempo efectivo de labores pues se encuentran dentro de las instalaciones del empleador y, en consecuencia, a su disposición efectiva.
b. Por lo anterior, el sistema de registro del ingreso y salida implementado por la empresa fiscalizada es inválido, pues no refleja con certeza el tiempo de labores de los trabajadores.
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