sábado, 1 de abril de 2023

Descuento por falta dinero en caja

 Beneficios sociales 

Descuento  autorizado

Caso de descuento aplicado a un trabajador con su consentimiento que conllevó representó la aplicación de una sanción disciplinaria.

Fuente : Res. 229-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de 13-3-23

Hechos: El inspeccionado fue sancionado por no haber acreditado el pago de beneficios sociales (gratificaciones, bonificación extraordinaria, CTS, vacaciones). 

En su defensa señaló que las trabajadoras afectadas habían sido objeto de un descuento que fue autorizado por ellas. 

Para acreditar lo señalado presentó dos documentos denominados “autorización de descuento” a través de los cuales las trabajadoras aceptaban su responsabilidad por un faltante de dinero correspondiente a la recaudación de ventas. 

Concluyó que no se trataba de un incumplimiento de pago de los beneficios.

La duda : ¿Fue válido el descuento realizado a las trabajadoras, pese a que lo autorizaron?

Fallo: No. En el expediente obran las autorizaciones de descuento por motivo de “faltante de caja”; sin embargo, se advierte lo siguiente: 

- En la liquidación de beneficios sociales de una de las trabajadoras afectadas consta el descuento realizado; sin embargo, ésta consignó una nota de “no conformidad” con el monto liquidado.

- En el expediente obran dos liquidaciones de servicios correspondientes a las mencionadas  trabajadoras.

 A través de ellas, se realiza la  devolución de los montos que les fueron descontados. 

Lo señalado evidencia que las autorizaciones de descuentos materializaron una aparente sanción a las trabajadoras que no fue objeto del procedimiento disciplinario correspondiente.


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