domingo, 23 de julio de 2023

Demora emision resolución

 


Inspección  Laboral 

Notificación 

Demora en la notificación de la Resolución de Intendencia:  ¿Es causal de nulidad de la Resolución? 


La duda : La demora ( 1 ) en la notificación de la Resolución de Intendencia ¿es causal de nulidad de la Resolución?

Fallo: No. La inobservancia del plazo legal no impide que las autoridades competentes que están a cargo del trámite del procedimiento administrativo sancionador realicen las actuaciones que sean necesarias a efectos de que se proceda con la notificación, máxime si la LGIT y el RLGIT no disponen la nulidad del acto administrativo por efectuar actuaciones fuera del plazo legal. El exceso en la demora de la tramitación del procedimiento administrativo sancionador se encuentra sancionado en el TUO de la LPAG únicamente a través de la figura de la caducidad. 


Fuente :Res. 235-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de 13-3-23

____________________

1. En el caso se verificó que desde la emisión de la Resolución de Primera Instancia hasta la de Intendencia habían transcurrido 2 años y 19 días.


No hay comentarios:

Publicar un comentario