martes, 17 de octubre de 2023

Indemnización y reposición

 


Despido arbitrario:x ¿indemnización y reposición son excluyentes? 

Fuente :  Expediente 02234-2019-0-1801-JR-LA-05  (Expediente Electrónico)


Resumen : No.

En el sistema internacional actualmente se admite una modalidad integral de reparación y por tanto ya no será suficiente considerar argumentativamente que las únicas modalidades de reparación serán las establecidas dentro de la LPCL.

Detalle :  La Corte Superior precisó que la asignación de una reposición judicial o la indemnización por despido arbitrario no son excluyentes, bajo ningún escenario.


Del caso:  El accionante demandó a su ex empleador por haber sido víctima de un despido arbitrario.

Por lo que solicitó el pago de una indemnización en la modalidad de lucro cesante y la reposición al mismo puesto de trabajo mas los costos y costas del proceso.


Poder Judicial  En primera instancia se declaró fundada en parte la demanda.

Respuesta  del empleador: La empleadora al no estar de acuerdo interpuso recurso de apelación.

Señalo entre otros motivos, que no se aprecia la necesidad de admitir una indemnización por daños y perjuicios en caso de un cese irregular.

 Por cuanto que la parte demandante ya ha accedido una modalidad de reparación conforme a la reposición al puesto de trabajo

Sala Superior  :  Se analiza el caso, y  determinó que en el sistema internacional actualmente se admite una modalidad integral de reparación y por tanto ya no será suficiente considerar argumentativamente que las únicas modalidades de reparación serán las establecidas dentro de la LPCL.

Tal como la reincorporación del puesto de trabajo .

En cuanto que a partir de ahora, se deberá evaluar si el periodo dejado de laborar puede ser objeto de una indemnización por lucro cesante o si el cese intempestivo podrá ocasionar un tipo de daño moral que podrá ser cuantificado de manera equitativa.

De esta manera la Sala confirmó la sentencia de primera instancia.


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