sábado, 16 de diciembre de 2023

No acredita declaración y pago AFP

 


Infracción contra la seguridad social: Caso en que el empleador no acreditó la declaración y pago de los aportes 

Fuente: Res. 1013-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de 19-10-23

Hechos: El inspeccionado fue sancionado por cometer una infracción muy grave en materia de seguridad social (infracción tipificada en el RLGIT, art. 46, num. 46.7). 

Según la autoridad, éste no acreditó haber declarado y pagado los aportes a la AFP, pese a haber realizado la retención correspondiente. 

Defensa del empleador  : En su defensa, señaló que el hecho de haber presentado planillas o boletas sin las firmas de los trabajadores afectados no podía interpretarse como un incumplimiento del pago de los aportes.

La duda: ¿El inspeccionado fue sancionado válidamente?

Fallo: Sí, por las razones siguientes: 

1. Si bien el inspeccionado realizó la retención, no acreditó la declaración y pago de los aportes a la AFP, pese a que fue requerido durante el procedimiento (a través de dos requerimientos de información y en la medida inspectiva de requerimiento).

 En consecuencia, la infracción imputada se encuentra verificada como consecuencia de la falta de presentación de las declaraciones y constancias de pago de los aportes a la AFP.

2.- De la revisión del expediente sancionador, tampoco se advierte que el inspeccionado haya presentado documento alguno que acreditara el cumplimiento o subsanación de la referida infracción.


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