martes, 2 de enero de 2024

Subsanación Voluntaria infracciones

 


Fiscalización Laboral 

Subsanación voluntaria antes de la notificación de la imputación de cargos: 

Improcedencia de la sanción  

Fuente :  Res. 1056-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de  3-11-23

Hechos:

La sanción:  El inspeccionado fue sancionado por no pagar trabajo en sobretiempo (periodo febrero 2017 a septiembre 2019) a una extrabajadora (infracción tipificada en el RLGIT, art. 25, num. 25.6). 

2. Defensa del empleador: En su defensa, señaló que había suscrito un acta de transacción extrajudicial. 

Agregó que la conducta infractora había sido subsanada, pues la extrabajadora cobró la deuda (mediante un cheque de gerencia) y se había desistido de la denuncia.

3. Sunafil La autoridad señaló que el inspeccionado había  pagado las horas extras del período denunciado. 

Agregó que en tanto la transacción fue suscrita el 26-12-19 y el cheque cobrado el 9-1-20, es decir, luego de la notificación de la imputación de cargos (28-12-19), no correspondía dejar sin efecto la sanción, sino aplicar el beneficio de reducción de multa al 20% conforme al art. 4, num. 4.4, subnum. 4.2.2, lit. a) del D.S. 010-2014-TR.

La duda : ¿Es conforme a ley lo resuelto por la autoridad (reducción de la multa al 20%)?

Fallo: No, por las razones siguientes: 

1.  Contrariamente a lo señalado por el inspeccionado, la imputación de cargos fue notificada el 20-12-20. 

Por otro lado, la transacción extrajudicial tenía fecha de celebración el 26-12-19. Finalmente, el cheque emitido a nombre de la extrabajadora fue recibido por ella el 3-1-20 y cobrado el 9-1-20. 

2. Toda vez que la transacción extrajudicial, la entrega del cheque y su cobro se realizaron antes de la notificación de la imputación de cargos, corresponde aplicar la figura de la subsanación voluntaria y sus efectos, la cual constituye una causal eximente de responsabilidad, conforme a la LPAG, art. 257, num. 1.

3 - En consecuencia, al haberse producido la eximente de responsabilidad, corresponde dejar sin efecto la multa por la infracción tipificada en el RLGIT, art. 25, num. 25.6

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