sábado, 10 de febrero de 2024

Aplicación convenio colectivo a contrato fraudulento



 Segunda Sala de Derecho  Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, , mediante Resolución de fecha 16 de agosto del año 2023, recaída en la Casación Laboral N° 3445-2022-Cajamarca, ha precisado que, los efectos y acuerdos del Convenio Colectivo serán extensibles y aplicables al trabajador que se haya  encontrado imposibilitado de afiliarse a una organización sindical a causa de una contratación fraudulenta realizada por el empleador.

Conforme a lo previamente señalado, la Corte Suprema ha precisado que los efectos del convenio colectivo se extenderán a los trabajadores que no hayan podido ejercer su derecho de afiliación sindical en razón a que el empleador ha mantenido un vínculo mediante contrato de locación de servicios o una intermediación fraudulenta, ratificando lo indicado en el VIII Pleno  Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional del año 2023


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